Ley de Honorarios Profesionales. Fallo de CSJN. Imagen

Ley de Honorarios Profesionales 21.839 – La Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que en ciertos casos el juez puede hacer caso omiso a las pautas de la ley arancelaria.

el máximo tribunal entendió que, en los casos d0nde en razón de lo elevado de la base regulatoria la fijación de honorarios resulta en sumas exorbitantes respecto a la labor que debe ser remunerada, conforme los porcentajes de la ley de aranceles (ley de honorarios profesionales), corresponde practicar regulaciones haciendo caso omiso a los mínimos establecidos en dicha normativa.